La ASAEE contempla cuatro modalidades de asociación de carácter colectivo, así como una última modalidad de miembros individuales.
- Asociaciones Territoriales y Profesionales, representadas por la Comisión de Asociaciones: Esta primera modalidad colectiva comprende a aquellas entidades con personalidad jurídica propia cuya finalidad social esté al servicio del desarrollo de la Antropología, así como la comunicación y colaboración mutua entre antropólogos y antropólogas que compartan un mismo ámbito territorial y/o profesional.
2. Departamentos de universidades públicas o privadas, representados por la Comisión Académica: Siempre que tengan en común la función de impartir docencia y títulos legales en cualquiera de los niveles académicos universitarios establecidos: diplomatura, licenciatura, grado, postgrado o doctorado. También quedarán contemplados bajo esta categoría los centros equivalentes que desarrollen actividades de docencia y/o investigación con reconocimiento y validez académica, como los organismos públicos de investigación.
3. Entidades no universitarias con personalidad jurídica, públicas o privadas, que sean titulares de instituciones que se dediquen al ejercicio profesional de la Antropología. Quedarán también contemplados aquí los Museos u organismos que, en sus diferentes ámbitos de actuación, contribuyan al desarrollo y profesionalización de la Antropología. Todos ellos estarán representados por la Comisión profesional. Su propósito es establecer un foro de debate permanente sobre el quehacer antropológico, deontología, salidas profesionales y todas aquellas otras cuestiones que afecten directa o indirectamente a los/as antropólogos/as como profesionales.
4. Grupos de investigación cuya finalidad social contribuya al desarrollo, la formación, la difusión y comunicación en el ámbito de la Antropología.
5. Miembros individuales. Antropólogos y antropólogas, así como estudiantes de antropología y profesionales de otras ciencias sociales que desarrollen su labor o muestren su interés en el campo de la Antropologí Los miembros individuales tienen la posibilidad de adscribirse a los comités de investigación y desarrollar actividades en torno a las especialidades de su elección, así como participar en las comisiones y grupos de trabajo de la ASAEE. De igual modo, pueden participar a través de su pertenencia a uno de los colectivos asociados. Los miembros individuales tienen la posibilidad de configurar su propio perfil en la página web, donde pueden mostrar sus datos personales y profesionales, así como una pequeña nota biográfica.
Todos los miembros de pleno derecho de la Asociación gozarán de igualdad de derechos desde el momento de admisión, siempre que permanezcan al corriente de sus obligaciones y cumplan las normas estatutarias y reglamentarias. La admisión de un nuevo miembro, en cualquiera de sus categorías, requerirá el acuerdo por mayoría simple tanto del Comité Ejecutivo como de la Asamblea General en sesión ordinaria.
Las solicitudes de admisión se tramitarán por escrito ante el Comité Ejecutivo, quien podrá requerir de la entidad o persona solicitante una memoria de trabajo o la documentación que considere necesaria para tramitar la solicitud de entrada en la ASAEE.